sábado, 10 de mayo de 2014

Medidas de control operativo (III)

. Protección personal (cuando las medidas que anteceden resulten insuficientes, debe ponerse a disposición de los traba- jadores el EPP adecuado, el cual debe ser utilizado hasta que los riesgos queden eliminados o hayan sido reducidos a un nivel considerado inocuo para la salud);
5. Prohibición de comer, mascar, beber y fumar en zonas contaminadas;
6. Suministro de medios e instalaciones adecuados para lavar, cambiarse y guardar la ropa, incluidas las instalaciones para el lavado de ropa contaminada;
7. Utilización de rótulos y carteles,
8. Procedimientos adecuados en caso de emergencia.

Los productos químicos con efectos cancerígenos, mutagé- nicos o teratogénicos para la salud se someterán a un control estricto.

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