En los anexos al Convenio se definen 47 categorías de desechos, incluidos los domésticos. Aunque la clasificación de riesgos es comparable a la de las UNRTDG, una diferencia significativa entre ambas consiste en la inclusión en la primera de tres catego- rías adicionales que reflejan con mayor detalle la naturaleza de los desechos tóxicos: toxicidad crónica, liberación de gases tóxicos por la interacción de los desechos con el aire o el agua y capa- cidad de los desechos para generar material tóxico secundario tras su evacuación.
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